FISCALISTAS VEN OPCIÓN EN AMPAROS

FISCALISTAS VEN OPCIÓN EN AMPAROS.
Los embargos del Servicio de Administración Tributaria (SAT) a cuentas bancarias para cobrarse adeudos fiscales son inconstitucionales y pueden ser revocados vía el amparo, coincidieron fiscalistas.

Incluso, advirtieron que podría darse el caso de embargar una cuenta de nómina de un contribuyente, lo que sería una doble violación.

“Los sueldos y salarios no son susceptibles de inmovilizarse. El artículo 123 Apartado A, fracción VIII establece que los sueldos y salarios son inembargables.

“El embargo de una cuenta de nómina es posible, lo que sería un grave error”, explicó Penélope Castro, consultora de Consejero Fiscal.

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