Publicado el 18 noviembre 2011 ¬ 9:07h.admin
SHCP / RESUMEN DE LA APROBACIÓN DEL PROGRAMA ECONÓMICO 2012
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), dio a conocer a través de su portal de Internet www.shcp.gob.mx, un resumen relativo a la aprobación del Programa Económico 2012 entre los que destacan los siguientes aspectos:
- El Paquete Económico aprobado para 2012 está sustentado en expectativas objetivas y responsables, incluyendo un crecimiento de 3.3%, un precio promedio de petróleo de 84.9 dólares por barril para la mezcla mexicana.
- Se atienden cuatro objetivos fundamentales: i) acelerar el desarrollo del mercado interno; ii) impulsar la competitividad de nuestra economía; iii) promover el bienestar y las oportunidades de las familias mexicanas, y iv) mantener la estabilidad económica y la responsabilidad fiscal.
- El paquete fiscal aprobado por el Congreso de la Unión mantiene un estímulo fiscal al mismo tiempo que preserva la sostenibilidad de las finanzas públicas. Lo anterior a través de un déficit fiscal, sin inversión de Pemex, equivalente a 0.4% del PIB.
- Es la tercera ocasión en esta Administración que no se propusieron modificaciones sustantivas a la legislación, normatividad y procedimientos que rigen el actual marco fiscal y el ejercicio del gasto.
- Se aprobaron las propuestas del Ejecutivo con respecto a medidas de simplificación y reducción de carga regulatoria en materia de derechos, así como cambios al esquema de comprobantes fiscales.
Publicado el 17 noviembre 2011 ¬ 8:59h.admin
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público dio a conocer el día de hoy (16 de noviembre) a través del Diario Oficial de la Federación la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2012.
La presente Ley entrará en vigor el 1o. de enero de 2012.
Al respecto, Se aprueban las modificaciones a la Tarifa de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación efectuadas por el Ejecutivo Federal a las que se refiere el informe que, en cumplimiento de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 131 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, ha rendido el propio Ejecutivo Federal al Congreso de la Unión en el año 2011.
Publicado el 16 noviembre 2011 ¬ 9:48h.admin
TFJFA / Tesis y Jurisprudencias del mes de octubre de 2011
El Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa da a conocer las tesis y jurisprudencias relativas al mes de octubre de 2011. Entre los rubros más destacados están:
1. CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO PARA DICTAMINAR SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS DE LOS CONTRIBUYENTES. DEBE NEGARSE LA SUSPENSIÓN CONTRA LOS EFECTOS Y CONSECUENCIAS DE LA CANCELACIÓN DE SU REGISTRO.
2. PRESUPUESTOS DE HECHO COMPLEMENTARIOS. SU RELACIÓN CON EL DISEÑO DEL SISTEMA TRIBUTARIO.
3. RENTA. EL ARTÍCULO 109, PENÚLTIMO PÁRRAFO, DE LA LEY DEL IMPUESTO RELATIVO, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA.
4. SUBSIDIO FISCAL. SU INTEGRACIÓN A LA TARIFA DEL ARTÍCULO 113 DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA, REFORMADO MEDIANTE DECRETO PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACIÓN EL 7 DE DICIEMBRE DE 2009, NO VIOLA EL PRINCIPIO DE PROPORCIONALIDAD TRIBUTARIA.
5. VISITA DOMICILIARIA. DEBE CONCLUIRSE ANTICIPADAMENTE CONFORME AL ARTÍCULO 47 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, CUANDO EL CONTRIBUYENTE ESTÉ OBLIGADO A DICTAMINAR ESTADOS FINANCIEROS POR CONTADOR PÚBLICO AUTORIZADO EN TÉRMINOS DEL ARTÍCULO 32-A DEL CITADO ORDENAMIENTO.
Publicado el 11 noviembre 2011 ¬ 8:50h.admin
PRODECON / Impuesto a los Depósitos en Efectivo
La Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON) saludó la decisión del Servicio de Administración Tributaria (SAT) de utilizar el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE) en su verdadera dimensión, que no es la recaudación, sino la de convertirse en un instrumento que permita la fiscalización de quienes están fuera del padrón de contribuyentes o bien, que declaran ingresos menores a los percibidos.
Recordó que la PRODECON sostiene en su página electrónica www.prodecon.gob.mx, que la percepción de impunidad o inequidad tributaria por parte de quienes efectivamente contribuyen al gasto público, desalienta el pago de impuestos, por lo que es una tarea fundamental del SAT terminar con esa situación, con un combate efectivo contra los evasores.
Sin embargo, el organismo autónomo aclaró que estará atenta a que en estas acciones se respeten escrupulosamente los derechos y garantías de los pagadores de impuestos.. Asimismo, ofreció a todos aquellos que consideren que se vean afectados en sus derechos, pueden acudir a sus oficinas ubicadas en avenida Nuevo León # 250, o bien, a los teléfonos 26-36-36-60 al 62 y el correo prodecon.contacto@gmail.com.
Finalmente, la PRODECON precisó que debe tenerse en cuenta que la fiscalización o revisión de contribuyentes a través de estas acciones masivas, sólo debe ser una medida alternativa a la recaudación, ya que el objeto en el Estado de Derecho, debe ser el cumplimiento espontáneo en el pago de los impuestos, lo cual solamente se logrará mediante el fomento de la cultura contributiva y a través de una relación más equitativa entre el fisco y los contribuyentes.
Así, la recaudación a través de la fiscalización sólo debe ser vista como una medida extraordinaria y no basarse fundamentalmente en ese tipo de acciones.
Publicado el 7 noviembre 2011 ¬ 8:59h.admin
SAT / NUEVO ANTEPROYECTO DE LA PRIMERA RESOLUCIÓN DE MODIFICACIONES A LA RESOLUCIÓN MISCELÁNEA FISCAL PARA 2011 Y SU ANEXO 1-A
El Servicio de Administración Tributaria (SAT) dio a conocer en su portal de Internet www.sat.gob.mx, el Anteproyecto de Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2011 y su Anexo 1-A.
Mediante este anteproyecto se reforman las siguientes reglas:
I.2.1.14. Procedimiento que debe observarse en la aplicación de estímulos o subsidios..
I.2.8.1.4. Comprobantes emitidos por residentes en el extranjero sin establecimiento permanente en México.
II.2.8.3.7. Opción para el pago del ISR correspondiente al ejercicio fiscal de 2009.
Se adicionan:
I.3.6.14. Informe sobre la revisión de la situación fiscal de la sociedad controladora correspondiente al ejercicio fiscal de 2010.
II.2.8.3.7. Opción para el pago del ISR correspondiente al ejercicio fiscal de 2009.
II.2.10.1. Verificación de datos de contribuyentes por instituciones del sistema financiero.
II.2.10.4. Inscripción al RFC de cuentahabientes por verificación de datos obtenidos de las instituciones del sistema financiero.